El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al canal público Teveandina – Canal Trece publicar toda su actividad contractual en el SECOP II, en un fallo a favor de una acción de cumplimiento presentada por la Fundación para el Estado de Derecho. La decisión concluyó que el canal incumplió la obligación legal de publicar todos los documentos relacionados con sus contratos, un requisito clave para garantizar la transparencia y el control ciudadano sobre el uso de los recursos públicos.
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Empresa clave de los proyectos Ecopetrol Costa Afuera no publica su contratación
La Fundación para el Estado de Derecho presentó una acción judicial contra Ecopetrol Costa Afuera Colombia S.A.S., empresa del Grupo Ecopetrol creada para desarrollar los proyectos de petróleo y gas en el mar Caribe, tras encontrar que no registraba sus procesos contractuales en la plataforma SECOP. La justicia ya emitió un fallo que le ordena publicar su actividad contractual. Esta compañía es responsable de impulsar los grandes proyectos costa afuera que el país ha anunciado para aumentar sus reservas de gas y garantizar el suministro energético, inversiones que podrían alcanzar miles de millones de dólares y que hoy avanzan sin que su contratación sea visible en el sistema público.
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La justicia admite acción de cumplimiento contra la Agencia Nacional de Tierras por incumplir obligaciones de transparencia contractual
La Fundación para el Estado de Derecho (FEDe. Colombia) interpuso una acción de cumplimiento contra la Agencia Nacional de Tierras (ANT) que fue admitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. En la demanda se explica que la entidad no ha publicado de manera integral su actividad contractual en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP II), a pesar de estar legalmente obligada a hacerlo.
La demanda busca que la justicia ordene a la ANT cumplir con el deber de transparencia consagrado en el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007, pues no existe información pública completa sobre distintos contratos que involucran grandes cantidades de recursos públicos, principalmente asociados a la compra de predios, una de las funciones centrales de la entidad en el marco de la Reforma Rural Integral.
Según la revisión hecha por FEDe. Colombia, en el SECOP II no aparecen contratos publicados por la Agencia Nacional de Tierras antes de julio de 2025, y los registros existentes desde esa fecha corresponden casi exclusivamente a contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión. No se encuentra publicada la información contractual relacionada con otros procesos misionales, entre los que están los de adquisición de tierras.
Esta falta de información clave es grave si se tiene en cuenta que, de acuerdo con el Plan Anual de Adquisiciones de la ANT para la vigencia 2025, la entidad proyectó recursos por $969.358 millones de pesos destinados a la compra de predios, lo que equivale a más del 55 % del total de su presupuesto de pagos. Estos procesos no están registrados en el SECOP II, lo que impide conocer los estudios previos, los contratos celebrados, los valores comprometidos, los estados de ejecución y las modificaciones contractuales exigidas por la ley.
Esta situación vulnera el derecho de acceso a la información pública, limita el control ciudadano y desconoce los principios de publicidad y transparencia que rigen la contratación estatal. La ley establece que el SECOP es el sistema único, oficial y obligatorio para la publicación de toda la actividad contractual financiada con recursos públicos.
La falta de publicidad contractual en este caso es especialmente preocupante ya que la Contraloría General de la República, en el segundo semestre de 2024, había adelantado una actuación especial de fiscalización a la Agencia Nacional de Tierras, en la que advirtió presuntas irregularidades en procesos de compra de predios, con posibles hallazgos fiscales estimados en aproximadamente $160.000 millones. Con esta acción, la Fundación solicita al Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenar a la Agencia Nacional de Tierras publicar de manera completa toda su actividad contractual en el SECOP II, como garantía del acceso ciudadano a la información, la transparencia administrativa, el control social y la correcta administración de los recursos públicos.