Comunicado de prensa

El Gobierno desafía la separación de poderes al insistir en una consulta popular sin aval del Senado

27/05/2025

La Constitución y las Leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015 son claras: para convocar una consulta popular nacional, el presidente necesita un concepto previo y favorable del Senado. Sin este aval, la consulta carece de validez constitucional y sus resultados no tienen efecto vinculante.

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