Comunicado de prensa
El Gobierno desafía la separación de poderes al insistir en una consulta popular sin aval del Senado
27/05/2025
La Constitución y las Leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015 son claras: para convocar una consulta popular nacional, el presidente necesita un concepto previo y favorable del Senado. Sin este aval, la consulta carece de validez constitucional y sus resultados no tienen efecto vinculante.
